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Asuntos de Representación

La Ley de Relaciones Obrero-Patronales del Servicio Público Federal  establece un procedimiento  específico para que los empleados sometan una petición para ser representados por una unión.  A través de una petición de representación se puede determinar qué empleados son parte de la "unidad apropiada " que la unión representa.  Para implementar este procedimiento, el FLRA convoca elecciones para elegir a un representante sindical (unión) y resuelve una variedad de temas relacionados con asuntos de representación sindical. Estos temas incluyen, por ejemplo, los empleados que están excluidos de tener representación sindical, tales como los gerentes, supervisores o los empleados de tipo "confidencial". Otros asuntos incluyen determinar si ha habido conducta electoral impropia por parte de las agencias o los sindicatos durante un proceso de elección.  Asuntos relacionados con los cambios en las organizaciones sindicales o en las agencias y como estos cambios pueden afectar a la “unidad apropiada”. Para obtener información sobre los procedimientos a seguir y la forma en que la Autoridad ha interpretado la ley y los reglamentos relativos a estos temas a través de las decisiones de la Autoridad, refiérase a la Oficina del Asesor Jurídico General  (OGC), el Manual de Representación general, y la sección de preguntas más frecuentes acerca de la representación.

¿Cómo presentar una petición de representación?

Si usted desea presentar una petición para resolver un asunto de representación deberá presentar la misma a través de una de las Oficinas Regionales del FLRA.  Para presentar la petición usted deberá familiarizarse con el formulario de presentación, la sección que describe las normas legales y los procedimientos específicos a su asunto de representación, los reglamentos que describen el proceso, y las guías emitidas por la Oficina del Asesor Jurídico General sobre los temas concretos de representación. El personal de las Oficinas Regionales del FLRA le ayudará a determinar si su problema se puede resolver a través de este tipo de petición. La Oficina Regional investigará la petición, llevará a cabo reuniones con las personas afectadas por la petición y convocara audiencias para resolver cuestiones de hecho en disputa y convocar elecciones. El Director Regional concluirá el proceso con una decisión final o emitirá un orden para que se convoque una elección. La gran mayoría de las peticiones que se presentan con el FLRA se resuelven por la Oficina Regional.

 

Si una de las partes no está satisfecha con una decisión dictada por el Director Regional puede apelar esa decisión a la Autoridad en el plazo de 60 días. Las razones para apelar a una decisión son limitadas y se exponen en la sección 2422.31 del Reglamento de la Autoridad. La información relativa a la presentación de este tipo de "Solicitud de revisión" figura en los Reglamentos de la Autoridad. Las preguntas específicas acerca de las apelaciones pueden dirigirse a la Oficina de Recibo de Casos y Publicaciones.  Las decisiones sobre a asuntos de representación son publicadas por la Autoridad. En la mayoría de los casos, la Autoridad concede o deniega las peticiones de revisión dentro del término de 60 días.